Ayer lunes, día 20 de mayo, finalizó el plazo de presentación en la Junta de Andalucía de solicitudes de ayudas al deporte no olímpico destinadas a deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
Un año más, la FEADA ha colaborado con los deportistas que reunían los requisitos para acceder a dichas ayudas, tramitando un total de 47 solicitudes. Gracias al sistema de citas, desde la Secretaría General se ha podido ofrecer un servicio personalizado, contactando con cada posible beneficiario y tramitando directamente la solicitud. Por especialidades deportivas se han tramitado las siguientes solicitudes de ayudas:
- 7 – Ala Delta.
- 8 – Aeromodelismo.
- 4 – Paramotor.
- 27 – Parapente.
- 1 – Vuelo Acrobático.
La cuantía mínima que recibirán nuestros deportistas será de 750€.
Una vez finalizado el proceso de presentación de solicitudes, la Junta de Andalucía valorará cada una otorgando una puntuación, siendo la puntuación mínima necesaria de 75 puntos, la cual superan los 47 deportistas de la FEADA. Atendiendo a la puntuación final obtenida se les asignará una ayuda que será superior a esos 750€. En cuanto la Junta de Andalucía comunique el listado provisional de beneficiarios, nos volveremos a poner en contacto con cada uno para continuar con el procedimiento hasta que reciban el pago de la ayuda.
Como se informó en la Circular 17/24, los requisitos que deben reunir los interesados en acceder a esas ayudas son los siguientes:
- Haber sido incluido en las relaciones de Deporte de Rendimiento de Andalucía correspondiente a los años 2022 o 2023.
- Acreditar la consecución de un mérito deportivo en el año 2022 o 2023 en pruebas deportivas oficiales federadas de deportes aéreos que no formen parte de los próximos Juegos Olímpicos.
- Tener la condición política de andaluz.
- Tener la residencia fiscal en España.
- Tener licencia federativa en vigor expedida por la federación andaluza y en el estamento correspondiente.
- No estar sancionados, a la fecha de publicación de la convocatoria de ayudas, por infracción grave o muy grave, que hubiere adquirido firmeza, por dopaje, conducta antideportiva, o por actuaciones que hayan tenido como consecuencia la privación de licencia, la suspensión de la misma por periodo superior a seis meses o la expulsión definitiva de la competición.
- No haber sido separados del servicio o despedidos de cualquier Administración Pública mediante expediente disciplinario.