Circular 19/06. Convocatoria de Elecciones Federativas.

Por la presente se comunica la resolución del Presidente de la FEADA en virtud de la cual se convocan elecciones a miembros de la Asamblea General y a la Presidencia de la FEADA. A continuación se relacionan todos los documentos que integran la Convocatoria.

Asimismo se informa que, al objeto de no saturar la página principal de la web de noticias relacionadas con las elecciones, las que se vayan generando se publicarán exclusivamente en el apartado específico, "Procesos Electorales/Elecciones Federativas 2016", creado al efecto en el margen izquierdo de esta web, publicándose en la página principal únicamente aquéllas que debido a su contenido sean significativamente relevantes.

Los modelos de escritos para facilitar el ejercicio de los derechos electorales de los federados se publicarán, igualmente, en el mismo apartado específico. Asimismo, si bien junto con la convocatoria se publica el modelo oficial de papeleta de voto, el modelo definitivo a utilizar será el que se publique junto con la relación definitiva de candidatos a miembros de la Asamblea General.

Circular 18/16. El nuevo CTR de Málaga entrará en vigor el 15 de septiembre.

CTR Actual CTR Nuevo (a partir del 15/09)

Gracias a las gestiones realizadas por la FEADA y Tickettofly, dentro del Plan federativo de Regularización del Espacio Aéreo Andaluz (PREAA), el próximo 15 de septiembre entrará en vigor una nueva CTR en Málaga, bastante más pequeña que la actual, y que permitirá compatibilizar el deporte aéreo con los usos aeroportuarios de LEMG (Aeropuerto de Málaga).

El siguiente paso es obtener la firma de los Cartas Operacionales (COATS) que correspondan para las zonas de vuelo que siguen quedando afectadas. No olvidemos que actualmente la práctica del vuelo libre seguirá estando afectado por el TMA de Sevilla (LEZL), a 1000 pies AGL -sobre el terreno-.

Dicha modificación ha sido incluida en las Enmiendas AIRAC AMDT 10/16 publicadas el pasado día 4 de agosto por ENAIRE.

Circular 17/16. Publicada en BOJA la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

En el día de hoy, viernes 22 de julio de 2016, ha sido publicada en BOJA la nueva Ley del Deporte de Andalucía, entrará en vigor un mes después de su publicación en BOJA, si bien los Títulos VII (Del Ejercicio Profesional del Deporte) y IX (Solución de Litigios Deportivos) entrarán en vigor 18 meses después de la publicación.

(PDF – 363 KB). Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

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Circular 16/16. La RFAE publica el Censo Inicial y el nuevo calendario electoral.

El día 20 de julio la RFAE publicó en su web la resolución número 39 de la Junta Electoral de RFAE por la que deja sin efecto todas las actuaciones posteriores a la convocatoria de elecciones anulada por el Tribunal Administrativo del Deporte. Asimismo publicó el Censo Inicial, así como un nuevo calendario electoral, reiniciando el proceso electoral a miembros de la Asamblea General, a la Presidencia y a la Comisión Delegada de la RFAE.

En el Censo Inicial de Clubes únicamente figuran 5 clubes andaluces:

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Circular 15/16. El Tribunal Administrativo del Deporte anula la convocatoria de elecciones a la RFAE

El Tribunal Administrativo del Deporte ha resuelto admitir el recurso presentado por varios federados y entidades, entre las que se encuentra la FEADA, por el que se impugnaba la convocatoria de elecciones a miembros de la asamblea general y a la presidencia de RFAE al no haber publicado el Censo Inicial, así como incluir en la Junta Electoral a miembros que reunían requisitos incompatibles para poder formar parte, entre otros, ser miembro de la Comisión Delegada o de la Comisión Gestora.

El TAD anula la convocatoria electoral de RFAE, debiendo ésta volver a convocar las elecciones, debiendo publicar el Censo Inicial con 20 días de antelación a la convocatoria de elecciones. Asimismo el TAD recomienda a la RFAE no volver a incurrir en el mismo error del nombramiento de miembros de la Junta Electoral que no reúnen los requisitos reglamentarios para ello.

Por tanto, con esta resolución se considera anulado todo el proceso electoral, debiendo reiniciarse con la publicación del Censo Inicial, el cual no fue publicado en web ni remitido a las federaciones autonómicas, como prescribe la Orden Electoral.