PRP. Dani Blanco, nuevo Presidente de la CTPRP.
El Presidente de la FEADA, Antonio García Martínez, nombra a Daniel Blanco Navarro como Presidente de la Comisión Técnica de Parapente, en atención al acuerdo adoptado por la CTPRP en la reunión celebrada el día 19 de noviembre.
PRP. Reunión de la CTPRP y Equipo de Organización de la LAP.
Con vistas a preparar el desarrollo de la temporada 2012, desde la Comisión Técnica de Parapente de la FEADA (CTPRP) os invitamos a todos a la reunión que tendrá lugar el próximo sábado día 19 de noviembre a las 10:30 horas en la Casa de la Cultura Pablo Ruiz Picasso de Villanueva del Trabuco (Málaga), situada en C/ San Antonio nº 39.
Esperamos vuestra asistencia y aportaciones. Si por cualquier motivo no pudiérais acudir y deseárais hacernos llegar alguna propuesta, estamos a vuestra disposición por e-mail en parapente@feada.org o liga.andaluza@gmail.com.
El orden del día será el siguiente:
XVI Concentración del Club Parapente Líjarsur.
El Club Parapente Líjarsur comunica que la XVI Concentración del Club en Algodonales tendrá lugar los los días 8 y 9 de octubre.
En la edición de este año contará con música, bar, carrera de montaña, carrera de parapentes, prueba de precisión, remontes, camisetas, acrobacia y mucho vuelo.
PRP. Comunicado de la LAP sobre la participación de velas sin homologación LTF o similar.
Seguidamente se reproduce el comunicado del Equipo de Organización de la Liga Andaluza de Parapente (LAP) 2011 que han emitido a raíz de los accidentes producidos con la utilización de las velas de Clase Competición y por el que se comunica el acuerdo de no admitir en competiciones a velas que no tengan una homologación máxima de LTF EN D o equivalente:
PRP. La FAI suspende temporalmente la certificación de los Parapentes de Clase Competición.
Tras los recientes incidentes en el 12º Campeonato del Mundo de Parapente FAI celebrado en Piedrahita, España, la dirección del CIVL (Comisión Internacional de Vuelo Libre) ha suspendido temporalmente la certificación de los Parapentes de Clase Competición con efectos inmediatos.
Esta suspensión significa que los parapentes clasificados como Clase Competición bajo la Regla 12.1.1.2 de la Sección 7B del Código Deportivo de la FAI no tienen permitido volar en las pruebas Categoría FAI 1 durante el periodo de suspensión.
A los organizadores de eventos Categoría FAI 2 se les ruega encarecidamente que consideren si los parapentes Clase Competición deben ser permitidos en competir en estas pruebas en mangas de carrera durante el periodo de suspensión.