Circular 08/16. Regularización de las zonas de vuelo libre andaluzas. Plazo: hasta el 15 de mayo.
Ante el aumento que se viene produciendo en los últimos años de notificaciones de incidentes aéreos al Sistema de Notificación de Sucesos (SNS), en las que se denuncian situaciones en las que incluso se ha llegado a requerir de maniobras evasivas para evitar la colisión de aeronaves comerciales con parapentes que volaban en lugares reglamentariamente prohibidos, la percepción del riesgo que representa este tipo de vuelos deportivos irregulares ha aumentado y puesto en evidencia que tanto la carencia de una normativa específica para el vuelo libre como su asimilación operacional con el ultraligero representan un riesgo en la seguridad de todos.
En tanto las autoridades de aviación civil desarrollen una normativa adecuada tanto para el vuelo libre como para otras disciplinas deportivas no reguladas, como el paramotor, desde la FEADA vamos a promover una serie de medidas de mitigación del riesgo procediendo, en primer lugar, a solicitar el reconocimiento y regularización, mediante las excepciones a la normativa vigente que procedan, de las zonas tradicionales de vuelo libre andaluzas al objeto de facilitar la práctica del vuelo libre a nuestros federados, clubes y escuelas en condiciones que garanticen su seguridad y la del resto de usuarios del espacio aéreo.
Circular 08/16. Regularización de las zonas de vuelo libre andaluzas. Plazo: hasta el 15 de mayo.
Ante el aumento que se viene produciendo en los últimos años de notificaciones de incidentes aéreos al Sistema de Notificación de Sucesos (SNS), en las que se denuncian situaciones en las que incluso se ha llegado a requerir de maniobras evasivas para evitar la colisión de aeronaves comerciales con parapentes que volaban en lugares reglamentariamente prohibidos, la percepción del riesgo que representa este tipo de vuelos deportivos irregulares ha aumentado y puesto en evidencia que tanto la carencia de una normativa específica para el vuelo libre como su asimilación operacional con el ultraligero representan un riesgo en la seguridad de todos.
En tanto las autoridades de aviación civil desarrollen una normativa adecuada tanto para el vuelo libre como para otras disciplinas deportivas no reguladas, como el paramotor, desde la FEADA vamos a promover una serie de medidas de mitigación del riesgo procediendo, en primer lugar, a solicitar el reconocimiento y regularización, mediante las excepciones a la normativa vigente que procedan, de las zonas tradicionales de vuelo libre andaluzas al objeto de facilitar la práctica del vuelo libre a nuestros federados, clubes y escuelas en condiciones que garanticen su seguridad y la del resto de usuarios del espacio aéreo.
Circular 08/16. Regularización de las zonas de vuelo libre andaluzas. Plazo: hasta el 15 de mayo.
Ante el aumento que se viene produciendo en los últimos años de notificaciones de incidentes aéreos al Sistema de Notificación de Sucesos (SNS), en las que se denuncian situaciones en las que incluso se ha llegado a requerir de maniobras evasivas para evitar la colisión de aeronaves comerciales con parapentes que volaban en lugares reglamentariamente prohibidos, la percepción del riesgo que representa este tipo de vuelos deportivos irregulares ha aumentado y puesto en evidencia que tanto la carencia de una normativa específica para el vuelo libre como su asimilación operacional con el ultraligero representan un riesgo en la seguridad de todos.
En tanto las autoridades de aviación civil desarrollen una normativa adecuada tanto para el vuelo libre como para otras disciplinas deportivas no reguladas, como el paramotor, desde la FEADA vamos a promover una serie de medidas de mitigación del riesgo procediendo, en primer lugar, a solicitar el reconocimiento y regularización, mediante las excepciones a la normativa vigente que procedan, de las zonas tradicionales de vuelo libre andaluzas al objeto de facilitar la práctica del vuelo libre a nuestros federados, clubes y escuelas en condiciones que garanticen su seguridad y la del resto de usuarios del espacio aéreo.
PRM. Aplazado el Examen de Piloto de Paramotor de Palomares (Almería) a los días 2 y 3 de julio.
La Comisión Técnica de Paramotor nos comunica que el examen de Piloto de Paramotor a celebrar en Palomares (Almería) durante los días 25 y 26 de junio, SE APLAZA a los días 2 y 3 de julio, con motivo de su coincidencia con las elecciones generales.
Asimismo, se amplía el plazo de inscripción hasta el lunes día 27 de junio, inclusive.
Circular 07/16. Listados de deportistas de alto nivel y alto rendimiento de Andalucía. Plazos.
La Junta de Andalucía nos informa sobre la periodicidad con la que se tramitará, aprobará y publicará en el BOJA la relación de deporte de rendimiento de Andalucía.
Según establece el Decreto 336/2009 del 22 de septiembre de deporte de rendimiento de Andalucía, en su artículo 16, la Secretaría General para el Deporte publicará las relaciones de deporte de rendimiento de Andalucía con una periodicidad mínima anual. Si bien, con la finalidad de beneficiar al mayor número de deportistas andaluces de alto nivel o de alto rendimiento, se publicarán en BOJA tres relaciones de DRA cada año.
A modo recordatorio, el procedimiento detallado arriba, no afecta a los plazos de presentación de las solicitudes establecidos en el artículo 17 del decreto 336/2009, en el que se explicita el plazo de presentación de 3 meses para la federación andaluza desde el día siguiente a la obtención del mérito deportivo y, excepcionalmente, de 2 meses para la persona interesada una vez haya finalizado el plazo para la presentación de la solicitud por parte de la federación.
A continuación se describen las fechas a tener en cuenta:
