Circular 37/20. Certificados de inscripción en competiciones oficiales y desplazamientos.
Como ya se mencionó en las Circulares 35/20 y 36/20, entre las nuevas medidas restrictivas aprobadas por el Gobierno andaluz para contener la propagación del virus COVID-19, figura la restricción de la movilidad entre localidades, salvo para la participación en competiciones oficiales de categoría absoluta y para deportistas de alto nivel y alto rendimiento. Para ello, se requiere mostrar la licencia deportiva o certificado federativo.
En el caso de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento, ya se informó en la Circular 36/20 que, a través de la web de la Junta de Andalucía y con un certificado digital, puede descargarse el certificado que acredita dicha condición.
En el caso de aquellos deportistas que participan en competiciones oficiales, la FEADA, con el fin de facilitar los desplazamientos al lugar donde se celebra la competición oficial, ha incorporado una nueva funcionalidad a la web federativa consistente en la descarga de los certificados de inscripción en las competiciones oficiales.
Solo tienes que introducir tu DNI y la fecha de nacimiento para descargarte el certificado en el siguiente enlace:
Circular 36/20. Corrección de errores de la Orden de 08/11/2020. Nueva infografía para niveles 3 y 4

(PDF 334 KB) Correo electrónico de la Consejería de Educación y Deporte de 12/11/2020.
(PDF 131 KB) Corrección de errores de la Orden de 8 de noviembre de 2020. Publicada en el BOJA el día 12/11/2020.
(PDF 1,11 MB) Infografía actualizada 12/11/2020.
Recomendamos a los federados prudencia a la hora de realizar desplazamientos, dado que, en algunos casos, no está claro que dichos desplazamientos estén permitidos cuando no se traten de la participación en competiciones oficiales. Se han evacuado consultas a la Consejería de Educación y Deporte, a través de la CAFD, para aclarar algunas dudas, esperando poder tener una respuesta a las mismas lo antes posible.
Circular 35/20. COVID-19. Decreto del Presidente 9/2020 e Infografía sobre niveles 3 y 4.

(PDF 223 KB) Decreto del Presidente 9/2020 por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
(PDF 324 KB) Orden de 8 de noviembre de 2020 de la Consejería de Salud y Familias, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(PDF 200 KB) Corrección de errores de la Orden de 8 de noviembre de 2020. Publicada en el BOJA el día 9.

Circular 34/20. COVID-19: Niveles de alerta sanitaria.
En el BOJA extraordinario num. 73, del 30 de octubre de 2020, se publicó la Orden de 29 de octubre de 2020, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19. Asimismo, el día 31 de octubre, fue publicada la Corrección de errores de la citada Orden.
Circular 33/20. COVID-19: Desplazamientos federados para asistencia a competiciones y entrenamientos
El pasado día 29 de octubre, salió publicado en BOJA el Decreto del Presidente 8/2020, por el que se establecen medidas en el ámbito de la COmunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
En el citado Decreto 8/2020, entre otras medidas, se establece la restricción de entrada y salida de personas del territorio de Andalucía a partir de las 00:00 horas del día 30/10/2020 y hasta las 00:00 horas del día 09/11/2020, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos relacionados, entre los que se encuentra:
J) Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.
Por tanto, se permiten los desplazamientos para la participación en competiciones oficiales, bastando la licencia deportiva como "salvoconducto". Asimismo, la Junta de Andalucía, en las infografías que está difundiendo, además de las competiciones oficiales incluye los entrenamientos.
(PDF – 245KB) Decreto del Presidente 8/2020
(PDF – 845KB) Infografía Consejería de Educación y Deporte.