Circular ELEC-02/24. Comisión Electoral. Acta nº 1

Finalizado el plazo de reclamaciones e impugnaciones al censo electoral provisional, convocatoria, distribución de miembros de la Asamblea General, calendario electoral y demás particulares que figuran en la convocatoria, la Comisión Electoral ha proclamado el Censo Electoral Definitivo, con la advertencia de que el mismo puede ser objeto de modificaciones una vez que se resuelvan las opciones a figurar en un estamento por aquellas personas que figuran en el Censo Electoral en más de un estamento, asimismo declara firmes el resto del contenido que figura en la convocatoria del proceso electoral.

Asimismo, se requiere a aquellas personas que figuran en el censo electoral por más de un estamento para que, en el plazo de dos días, designen el estamento en el que desean figurar.