Registro de operador UAS para volar en cualquier campo de aeromodelismo, esté o no incluido en el AIP.
En una reciente reunión con responsables de la DUAS de AESA se ha concretado que, pese a la interpretación que se venía haciendo del material guía publicado en la web de AESA que no era necesario cumplir los requisitos del estándar OPEN A3 en los campos de aeromodelismo promulgados, el criterio de AESA trasmitido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es el contrario: todos los operadores UAS, incluidos los aeromodelistas que solo practican su deporte en las instalaciones promulgadas, tienen la obligación de declararse como operadores UAS (personalmente o por medio de representante) y poseer los certificados teóricos y prácticos que se requieran.
Esta interpretación se mantendrá al menos hasta la existencia de "zonas UAS" donde se concreten condiciones de operación distintas, lo que está supeditado a la publicación del "Real Decreto de UAS" que está pendiente de publicación y se estima que podría estar vigente no antes de finales de año.