Circular 32/24. Más de 37.000€ en ayudas a los deportistas de la FEADA de alto nivel y alto rendimiento de Andalucía.

El pasado día 19 de septiembre se publicó en la web de la Junta de Andalucía, la PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A DEPORTISTAS Y ENTRENADORES CON LA CONDICIÓN DE ALTO NIVEL O ALTO RENDIMIENTO DE ANDALUCÍA, CON MÉRITOS EN PRUEBAS NO OLÍMPICAS Y NO PARALÍMPICAS. AYUDAS AL DEPORTE NO OLÍMPICO (ADN). CONVOCATORIA 2024.

La FEADA gestionó las solicitudes de los 48 deportistas andaluces de alto nivel y alto rendimiento, a los que la Junta de Andalucía ha concedido, provisionalmente, un total de 37.074,43€ en ayudas, lo que supone cerca del 9,3% del presupuesto de la Junta de Andalucía destinado (400.000€) a estas ayudas para todos los deportistas de alto nivel y alto rendimiento que obtuvieron los méritos deportivos requeridos en pruebas no olímpicas. Las cuantías que recibirán nuestros deportistas están entre los 898,19€ y los 757,41€. Por especialidades deportivas aéreas, la distribución de las ayudas, en principio, será la siguiente:

  • Deportistas de Parapente: 21.481,65€
  • Deportistas de Aeromodelismo: 6.163,02€
  • Deportistas de Ala Delta: 5.301,87€
  • Deportistas de Paramotor: 3.244,52€
  • Deportistas de Vuelo Acrobático: 883,37€€

Para poder recibir dichos importes, los deportistas tienen un plazo de diez días hábiles, a contar desde el 20 de septiembre y hasta el 3 de octubre de 2024, para la presentación del Anexo II, a través de la Oficina Virtual de la Junta de Andalucía, para que los deportistas y entrenadores o técnicos beneficiarios provisionales, opten por alguna de las siguientes opciones:

  1. Aceptar la ayuda propuesta.
  2. Desistir de la solicitud.
  3. Presentar las alegaciones que estimen pertinentes.

La Secretaría General de la FEADA contactará con todos los deportistas federados a través de la FEADA que figuren en la propuesta provisional de resolución y, si lo desean, se encargará de realizar directamente la tramitación de la documentación necesaria. Aquellos que estén interesados en que la FEADA les tramite la documentacióndeberán contactar, vía WhatsApp (699399041) o correo electrónico (gestion@feada.org) proponer un día y hora (de lunes a viernes de 09:30 a 15:00 horas) para la realización de los trámites. El día y hora propuesto deberán estar delante del ordenador en el que tengan instalado el certificado digital y tener conexión a internet.

De igual forma, junto a la presentación del Anexo II, los deportistas y entrenadores o técnicos solicitantes considerados beneficiarios provisionales en el Anexo I de la propuesta, deberán presentar la documentación acreditativa de los datos consignados en su solicitud, tanto de los requisitos como de los criterios de valoración:

  1. Respecto de los entrenadores o técnicos, Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
  2. Respecto de los deportistas, Certificado federativo acreditativo del mérito alegado. Dicho Certificado deberá acreditar y vincular, en su caso, el mérito deportivo alegado por su entrenador o técnico en la misma convocatoria. Este certificado será remitido por la Secretaría General de la FEADA por correo electrónico a cada deportista que aparece en el listado provisional de concesión.

Es muy importante que la documentación que se adjunte sea firmada mediante el certificado digital de la persona solicitante o representante legal, por lo que se recomienda comprobar que esté firmada con este certificado digital.

Para el pago de dicha ayuda el beneficiario debe tener dada de alta la cuenta bancaria, que figure en el Anexo II, en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. Este trámite se realiza telemáticamente con el certificado digital del beneficiario en la página web de la Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en la siguiente dirección: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/apl/tesoreria/modificaCuentaBancaria.htm

A continuación, debe entrar en el apartado MANTENIMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS , y marcar la casilla “Autorizo a la Junta de Andalucía a verificar la titularidad de las cuentas”. Aquí aparecen las cuentas que tiene dada de alta el interesado. En caso de no aparecer la que figura en su Anexo II debe proceder a darla de alta en la casilla ALTA DE CUENTA que aparece en la zona inferior de la pantalla.

Se recuerda que debe dar de alta la misma cuenta bancaria que ponga en la solicitud Anexo II.

Para cualquier consulta puede ponerse en contacto en la dirección: svpad.dgsvd.ctcd@juntadeandalucia.es, indicando motivo de la consulta y nº de teléfono de contacto. También puede contactar con la Junta de Andalucía en los teléfonos 955036767 – 955036775.