Circular 24/20. La Fase 1 del Plan de “Desescalada”.

Los pasados días 9 y 10 de mayo, se publicaron en el BOE:

  • El RD 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma hasta las 00:00 horas del 24 de mayo.
  • La Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, del Ministerio de Sanidad, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. En dicha Orden se regula, entre otras cuestiones, la apertura de las instalaciones deportivas al aire libre.
  • La Orden TMA/400/2020 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la Fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura. En dicha Orden se regula, entre otras cuestiones, las condiciones para el ejercicio de la navegación de recreo o deportiva y otras actividades aeronáuticas de recreo.

La Junta Directiva de la FEADA ha acordado la emisión de una Circular en la que informar a los federados sobre el contenido de dichas normas, así como la difusión de documentación relacionadas con las mismas: