Acreditaciones Técnicas. Información general

Índice de Contenido

Información general.

Idea base del subsistema.

Conceptos (Clases) que se manejan en el subsistema de Acreditación Técnicas Federativas.

Directiva de Homogeneización de Denominaciones de Acreditación Técnicas Federativas


Información General


Aspecto

Desde el año 2005, la titulación se emite sobre tarjeta de plástico blanca, con un tamaño de 85,72mm x 53.98mm y un espesor de 0,25mm, tamaño típico de una tarjeta de crédito.
No lleva banda magnética.
No lleva chip de datos.

El anverso lleva los datos específicos del deportista al que se le emite, así como los datos particulares de la acreditación técnica.
En todas las acreditaciones técnicas aparecen los mismos tipos de datos, pero no todas incorporan la foto del deportista. Sólo la tienen aquellos deportistas que nos hicieron llegar su imagen.

El reverso, igual en todas las acreditación técnicas, muestra información general de filiación de la FEADA, así como los deportes adscritos a la federación.
También muestra la condición para que, el titular, pueda usarla.
Todo ello sobre un fondo de la palabra "FEADA" repetida e inclinada 45º.

Anverso
 
Reverso

Contenido del Anverso

  • Columna izquierda:

    • Logotipo FEADA.

    • Datos específicos de la acreditación técnica:

      • Número.
        El número es correlativo para el deporte y estamento deportivo.

      • Fecha de inicio de validez (Día incluido).
        Si la titulación tiene carácter transitorio, la palabra "Transitoria" aparece bajo la fecha.

    • Referencia del formato impreso normalizado FEADA: "FEADA(Frm.Pic.009)".

    • Foto del deportista.
      No todas las acreditaciones técnicas la llevan. Si el deportista no nos la ha hecho llegar, no aparecerá.
      Si en la suya no aparece, y quiere que lo haga, por favor remítanos un archivo con su foto en formato JPG y un ancho no menor de 200pixels a gestion@feada.org
      ( Las fotos "cachondas", son simpáticas y nos reiremos todo lo que haga falta, pero no la imprimiremos en la licencia ).

  • Cabecera:

    • Federación.

    • Siglas y descripción del deporte al que corresponde la acreditación técnica.

  • Cuerpo:

    • Titular.

      • Nombre y Apellido-s.

      • Documento nacional de identidad.

      • "FEADA Enti Id" (Es el número de identificación del deportista en la FEADA)

    • Acreditación Técnica.

      • Estamento deportivo correspondiente.

      • Descripción del nivel dentro del estamento deportivo.

      • Identificador de estamento y nivel de la acreditación técnica.
        En cuadro separado "Nivel", a la derecha del cuadro "Acreditación Técnica".

    • Rama disciplinar.

      • Descripciones de los nodos de la rama disciplinar.
        Uno por línea y rematado por una línea de guiones seguido de tantas líneas con "***" como hagan falta para llenar el espacio vacío por debajo.

      • Siglas de la disciplina.
        Último elemento de la rama disciplinar.

    • Habilitaciones de Acreditación Técnica.
      Si no tiene aparece la cadena "*** No tiene ***".
      Si tiene, aparece una habilitación por cada dos líneas.
      Se remata por una línea de guiones seguido de tantas líneas con "***" como hagan falta para llenar el espacio vacío por debajo.

      • Línea 1: Descripción de la habilitación.
        Línea 2 (Entre paréntesis): Número de habilitación y Fecha de inicio de validez (Día incluido).


Contenido del Reverso

  • Primer bloque de datos (Bloque superior).
    Datos FEADA.
    Se han facilitado todos los datos necesarios para ponerse en contacto con la federación así como para que cualquier justificante que, por el motivo que fuera, deba figurar a nombre de ésta, pueda ser cumplimentado correctamente.

  • Segundo bloque de datos.
    Relación de Deportes Adscritos a la Federación.
    La afiliación federativa no se expide para la práctica de un deporte concreto, sino para la práctica de todos aquellos deportes aéreos de los que se posea acreditación técnica en vigor. Sólo la cuota de los seguros de accidentes limitan los deportes que se pueden practicar con cobertura de esta afiliación federativa.

  • Tercer bloque de datos.
    Enunciado de facultad que otorga la acreditación técnica.
    "El presente documento otorga a su titular la facultad de ser parte…".

  • Cuarto bloque datos (Bloque inferior).
    Referencias para ampliación de información y Condiciones de validez de la acreditación técnica.
    Como puede leerse en la acreditación técnica, la sola posesión de ésta no es válida si no se acompaña de la afiliación federativa en vigor.


Idea Base del Subsistema


Exposición de Motivos

Una de las tareas que se propuso la actual Presidencia era la de especificar y homogeneizar las denominaciones con las que la FEADA y sus federados tienen que trabajar.
Varios motivos están detrás de este proyecto, pero los más destacados son:

  • Disponer de denominaciones que representen mejor la actividad que realiza el poseedor, no solo en cuanto a que está capacitado para hacer, sino en que medida está vinculado a una escuela y/o técnico deportivo.
    En algunos de los reglamentos deportivos, la denominación de algunas acreditaciones técnicas parecen sugerir la dependencia del deportista con una escuela y/o técnico, cuando en la realidad éste está capacitado para ejercer sin supervisión. Eso sí, dentro de los límites que el reglamento establece.
    La aplicación del nuevo criterio, en estos casos, refuerza la posición "legal" de las escuelas y/o técnicos ante posibles demandas.

  • Apoyo al espíritu MULTIDISCIPLINAR que promueve la actual presidencia.
    Ahora la denominación de una acreditación técnica de cualquier deporte aéreo permite que cualquier otro deportista aéreo, sin conocimientos previos del deporte en cuestión, sitúe el nivel aproximado del acreditado. Esto beneficiará la comunicación entre practicantes de distintos deportes aéreos.
    Como sustento de esta idea se se desarrolló el sistema "Nomenclaturas Homogeneizadas" que establece las reglas con las que se forman los nombres de todas las acreditaciones técnicas de todas las modalidades deportivas.
    La Asamblea General FEADA aprobó este proyecto el Dom-20-Mar-2002 así como las directivas de modificación de los reglamentos de todos los deportes para poder ajustarse a él.
    La Asamblea General FEADA del Sáb-05-Feb-2005 ratificó el modelo, con un pequeño ajuste a la ley de "Técnicos Deportivos" así como los reglamentos ya modificados.


Conceptos (Clases) que se manejan en el subsistema de Acreditaciones Técnicas Federativas


Entidades

Definimos como “Entidad” a cualquier sujeto (“Ente”) sea “persona física”, “persona jurídica”, “animal”, “vegetal”, “virtual”, etc.
Son las entidades las que son susceptibles de emitir y/o recibir licencias, acreditaciones técnicas, habilitaciones, etc.

Identificaremos a cada "Entidad" con un identificador (número) único llamado "FEADA Enti Id".
Este identificador es el DNI de la entidad en la federación.
Siempre tiene la misma longitud, 8 caracteres, y está compuesto por:

  • (3 Letras): Siglas de la entidad.

  • (4 Números): Diferencia a las entidades a las que les corresponde siglas idénticas.

  • (1 Letra): Carácter de control (Ayuda a saber si hay error de tecleo).

Naturalezas de Entidad

Esa tipificación de las entidades, que hemos empleado en su definición (“persona física”, “persona jurídica”, “animal”, “vegetal”, “virtual”) constituyen algunas de las posibles y reunidas en un conjunto es lo que denominamos “Naturalezas de Entidad”.

Acreditaciones Técnicas

Una “Acreditación Técnica” es un reconocimiento, por parte de una Federación Deportiva de estar capacitado para la práctica deportiva a un determinado nivel.
El reglamento del deporte determinará que prácticas y a que nivel se certifican con las distintas acreditaciones.
Las acreditaciones disponen de un control de vigencia para, siguiendo las normas del reglamento, si ha lugar hacerlas caducar.

Especialidades Deportivas

Entendemos como tal a cualquier práctica deportiva o deporte.
Una especialidad deportiva puede tener otras disciplinas dependientes de ella. Por ejemplo “Atletismo” tiene otras disciplinas dependientes (subordinadas, descendientes) como son “Anillas”, “Potro con anillas”, etc.…

Llamamos “Especialidad Deportiva Base” (o “Especialidad Deportiva Raíz”) a aquella especialidad que no tiene una Especialidad Deportiva de la que depender (ascendiente). Éstas suelen ser la que denominamos, a secas, “Deportes”.

Una especialidad deportiva dependiente de otra puede llegar a adquirir suficiente relevancia o distinguirse tanto de la rama madre, que llegar a constituirse en “Especialidad Deportiva Base”, incluso con disciplinas subordinadas.
En una misma federación deportiva se pueden adscribir distintas “Especialidades Deportivas Base”.

Las distintas Especialidades Deportivas Base (Deportes) adscritas a la FEADA en la actualidad son:

Identificador Nombre Fecha de Alta



ADL Ala Delta 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
AMD Aeromodelismo 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
ART Aerostación 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
CMT Cometas 30-Mar-2003
PRC Paracaidismo 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
PRM Paramotor 18-Feb-2001 (Por escisión de PRP)
PRP Parapente 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
ULM Ultraligeros 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
VAC Vuelo Acrobático 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
VMT Vuelo a Motor 20-Dic-1987 (Creación FEADA)
VSM Vuelo Simulado 18-Feb-2001
VVL Vuelo a Vela 20-Dic-1987 (Creación FEADA)

 

Esquemas Disciplinares

La estructura, en forma de ramas de árbol, que se origina de representar a una Especialidad Deportiva Base con sus Disciplinas Deportivas “colgando” de ella jerárquicamente, es lo que denominamos “Esquema Disciplinar de la Especialidad Deportiva Base” en cuestión.
Esta subdivisión puede ser, para algunas especialidades deportivas base, bastante ramificada y alcanzar varios niveles de subdivisión, mientras que para otras no, pudiendo no tener especialidad deportiva subordinada.

El conjunto de “Esquemas Disciplinares” de las distintas especialidades deportivas base adscritas a una Federación, conforman el “Esquema Disciplinar de la Federación” en cuestión.

El Esquema Disciplinar es, y debe ser, flexible. Crece y se modifica en el tiempo, conforme las prácticas deportivas hacen un tanto de lo mismo.

No todas las disciplinas declaradas en el Esquema Disciplinar son practicadas, pero han sido insertadas en él en previsión de que lleguen a desarrollarse, y como posible referencia de compatibilidad o de registro de acreditaciones técnicas de otras federaciones.

Puede consultarse el esquema disciplinar completo de la FEADA en el documento:

FEADA_EsquemaDisciplinar(EstmDNivxModD)_Nov2004 ( PDF 54 KB)

Estamentos Deportivos

En la práctica deportiva en general, con independencia de ramas disciplinares y/o deportes, nos encontramos con distintas formas de participar o intervenir. Algunas de ellas son: Aprendiendo, practicando, compitiendo, promoviendo, enseñando, juzgando, arbitrando, etc.…

Organizando en conjuntos estas formas de participación obtenemos lo que denominamos “Estamentos Deportivos”. La organización de los integrantes de cada estamento, así como el número y denominación de éstos, nos vienen (a las Federaciones) dados de la Administración y son los siguientes cuatro:

  • Clubes, Secciones deportivas, etc.… (Todas entidades deportivas jurídicas).

  • Deportistas.

  • Técnicos y Entrenadores.

  • Jueces, Árbitros y Observadores.

Niveles de Estamento Deportivo

Si subdividimos los estamentos, para clasificar en grupos a los que lo integran, atendiendo a su capacitación, conocimientos, méritos y experiencias obtendremos lo que llamamos “Niveles por Estamento”.
A mayor nivel, más capacitación, conocimientos, méritos y experiencia (al menos en teoría).

El Estamento de "Clubes" lo conforman las “Entidades Jurídicas” (clubes, secciones deportivas,…) en contraposición al resto en el que se organizan las “Entidades Físicas” (personas).
En muchos deportes el Estamento de Clubes también se organiza en niveles (por ejemplo “Divisiones”), no ocurre así en ninguno de los deportes adscritos a la FEADA, por lo que todos ellos coexisten en un mismo y único “nivel”, dentro de cada modalidad deportiva base.

Una entidad deportiva jurídica (club, sección deportiva,…) puede practicar más de una especialidad deportiva, incluso de federaciones deportivas distintas. La Administración Deportiva permite esto y legisla que tales prácticas se recojan en los estatutos de la entidad, dando lugar cada una de ellas a un área deportiva distinta adscrita a la entidad deportiva jurídica en cuestión, cada una de ellas formando parte del Nivel de Estamento que en su Especialidad Deportiva Base corresponda, según reglamento e inscrita en su correspondiente federación deportiva.

En cuanto al resto de estamentos, en la Asamblea General FEADA, de fecha 20 de Marzo de 2002, se acuerda una división común de niveles de estamento para todas las especialidades deportivas adscritas a la federación, para ajustarse a la ley del deporte y "turismo activo".
Asimismo acuerda una directiva de formación de nombre de acreditación técnica denominada de “Homogeneización de denominaciones de Acreditaciones Técnicas Federativas”.

Esta normalización cumple dos objetivos principales:

  • Establece una escala común de referencia, con independencia de la especialidad deportiva.

  • Establece una regla de denominaciones homogéneas para acreditaciones técnicas.

Un ejemplo:

Anteriormente, un paracaidista de nivel “Paracaidista Básico” no tenía referencia para saber si un piloto de parapente de nivel “Alumno Avanzado” era un nivel inferior, parecido o mayor en Parapente al suyo en Paracaidismo.
Con la homogeneización, el uno es ahora “Paracaidista” y el otro “Piloto”, ambos del nivel “Base” en el estamento “Deportistas”, o sea niveles similares en deportes distintos.

Los niveles que se establecen para la FEADA son:

  • (D) Estamento de Deportistas:

    • (D0) Alumno

    • (Dp) Prácticas
      (D1) Base

    • (D2) Avanzado

    • (D3) Experto

  • (T) Estamento de Técnicos:

    • (T0) Monitor Alumno

    • (T1) Monitor

    • (T2) Instructor

    • (T3) Instructor Entrenador

  • (J) Estamento de Jueces:

    • (JOb) Observador

    • (J0) Juez Alumno

    • (J1) Juez

    • (J2) Juez Instructor

En la norma se suministran las reglas de formación de las denominaciones de las acreditaciones técnicas, que son:

  • Una especialidad deportiva, normalmente la base, pero puede ser cualquiera del esquema disciplinar, e incluso todas, aporta una denominación para el nivel base.
    Por ejemplo:

Aeromodelismo aporta “Piloto”,
Paracaidismo aporta “Paracaidista”,
Vuelo Simulado (modalidad base) no aporta ninguno, pero sus disciplinas deportivas subordinadas control aéreo y diseño aportan respectivamente “Controlador” y “Diseñador”.

  • Si están en contexto
    (o sea, si la modalidad deportiva base se puede determina por el contexto)
    Las denominaciones de las titulaciones de los niveles del estamento de deportistas usan la denominación base («DenBase») para formarse siguiendo el esquema:

    • (D0) Alumno: “Alumno «DenBase»
      Ejemplo: “Alumno Diseñador”
    • (Dp) Prácticas: “«DenBase» en Prácticas
      Ejemplo: “Diseñador en Prácticas”
    • (D1) Base: “«DenBase»
      Ejemplo: “Diseñador”
    • (D2) Avanzado: “«DenBase» Avanzado
      Ejemplo: “Diseñador Avanzado”
    • (D3) Experto: “«DenBase» Experto
      Ejemplo: “Diseñador Experto”
  • Si la denominación no está en contexto
    (o sea, si la modalidad deportiva base no puede ser determinada por el contexto o puede haber confusión)
    Con la misma formación que si estuviera en contexto y, al final se añade “ de “ y la denominación de la modalidad deportiva base («DenModDBase»).
    Esta regla se aplica también a las denominaciones de titulaciones del resto de los estamentos deportivos de técnicos y jueces:

    • (D0) Alumno: “Alumno «DenBase» de «ModDBase»
      Ejemplo: “Alumno Piloto de Parapente”
    • (Dp) Prácticas: “«DenBase» en Prácticas de «ModDBase»
      Ejemplo: “Piloto en Prácticas de Parapente”
    • (D1) Base: “«DenBase» de «ModDBase»
      Ejemplo: “Piloto de Parapente”
    • (D2) Avanzado: “«DenBase» Avanzado de «ModDBase»
      Ejemplo: “Piloto Avanzado de Parapente”
    • (D3) Experto: “«DenBase» Experto de «ModDBase»
      Ejemplo: “Piloto Experto de Parapente”
  • Las denominaciones de las titulaciones de los niveles del estamento de técnicos no usan la denominación base para formarse por lo que, en contexto, son iguales en todas las modalidades deportivas base, y fuera de contexto se diferencian en la coletilla "de «ModDBase»".

En contexto (todos las modalidades deportivas son iguales):

  • (T0) Monitor Alumno: “Monitor Alumno
    Ejemplo: “Monitor Alumno” (Igual para todas las modalidades deportivas)
  • (T1) Monitor: “Monitor
    Ejemplo: “Monitor” (Igual para todas las modalidades deportivas)
  • (T2) Instructor: “Instructor
    Ejemplo: “Instructor” (Igual para todas las modalidades deportivas)
  • (T3) Instructor Entrenador: “Instructor Entrenador
    Ejemplo: “Instructor Entrenador” (Igual para todas las modalidades deportivas)

Fuera de contexto (las modalidades deportivas se diferencia por la coletilla de la modalidad base):

  • (T0) Monitor Alumno: “Monitor Alumno de «ModDBase»
    Ejemplo: “Monitor Alumno de Ala Delta”
  • (T1) Monitor: “Monitor de «ModDBase»
    Ejemplo: “Monitor de Parapente”
  • (T2) Instructor: “Instructor de «ModDBase»
    Ejemplo: “Instructor de Aeromodelismo”
  • (T3) Instructor Entrenador: “Instructor Entrenador de «ModDBase»
    Ejemplo: “Instructor Entrenador de Paramotor”
  • Las denominaciones de las titulaciones de los niveles del estamento de jueces, al igual que la de técnicos, no usan la denominación base para formarse por lo que, en contexto, son iguales en todas las modalidades deportivas base, y fuera de contexto se les añade la coletilla" de «ModDBase»".

En contexto (todos las modalidades deportivas son iguales):

  • (JOb) Observador: “Observador
    Ejemplo: “Observador” (Igual para todas las modalidades deportivas)
  • (J0) Juez Alumno: “Juez Alumno
    Ejemplo: “Juez Alumno” (Igual para todas las modalidades deportivas)
  • (J1) Juez: “Juez
    Ejemplo: “Juez” (Igual para todas las modalidades deportivas)
  • (J2) Juez Instructor: “Instructor Entrenador
    Ejemplo: “Juez Instructor” (Igual para todas las modalidades deportivas)

Fuera de contexto (las modalidades deportivas se diferencia por la coletilla de la modalidad base):

  • (JOb) Observador: “Observador de «ModDBase»
    Ejemplo: “Observador de Aerostación”
  • (J0) Juez Alumno: “Juez Alumno de «ModDBase»
    Ejemplo: “Juez Alumno de Vuelo a Motor”
  • (J1) Juez: “Juez de «ModDBase»
    Ejemplo: “Juez de Vuelo Acrobático”
  • (J2) Juez Instructor: “Instructor Entrenador de «ModDBase»
    Ejemplo: “Juez Instructor de Vuelo a Vela”

Modalidades Deportivas por Niveles de Estamento Deportivo

El cruce del esquema disciplinar con los niveles de los estamentos deportivos de deportistas, técnicos y jueces nos proporciona una tabla, que denominamos “Modalidades Deportivas” por “Niveles de Estamento Deportivo”, y que usaremos para establecer directivas sobre que modalidades deportivas y en que estamento pueden disponer de titulación.

Podremos establecer, mediante este mecanismo, que el sistema se comporte como indica el reglamento y así, por poner un ejemplo (aunque este no se ajuste a la realidad, a modo ilustrativo):

  • Que para la modalidad deportiva de Aeromodelismo F5B no se pueden tener titulaciones de ninguno de los niveles del estamento de deportistas ni de técnicos

  • Que para la modalidad deportiva de Aeromodelismo F5B si se puedan tener titulaciones en el estamento de jueces, a todos sus niveles excepto en el de observador.

  • Para la modalidad deportiva base Aeromodelismo permitimos todos los niveles de los estamentos deportistas y técnicos y denegamos todos los del de Jueces.

Estas directivas, unas vez configuradas de acorde a los reglamentos reales de todos los deportes (modalidades deportivas base) permitirán gestionar al sistema los “Tipos de Titulación”.
En cierto modo es como la "digitalización" de las reglas.

Adicionalmente, esta tabla también le servirá al “Subsistema de Licencias Deportivas”, para que el programa sepa que “Tipos de Licencia” ofrecen cobertura a que “Tipos de Titulaciones” y así, a modo de ejemplo, no permitir que un deportista, que solo tiene titulaciones de Vuelo Simulado, tramite una licencia de tipo “Aire”, ya que para esas titulaciones la cobertura adecuada es la de tipo “Salón”.

Tipos de Titulación

La tipificación de las titulaciones permite reflejar, en el programa, la sucesión de títulos que cada reglamento deportivo prevé para calificar los conocimientos, capacitaciones y méritos de los deportistas.
Permite también que se pueda obtener la colección de entidades poseedoras de un tipo de título determinado.

  • El registro de éstos “tipos de titulación” almacenará los pasados, presentes y futuros, para servir de tabla maestra a la de registro de titulaciones.

  • Cada título individual se asociará a uno de estos “tipos” para que quede "clasificado".

  • Cada “tipo de titulación” se asocia a la entidad que lo emite, a una modalidad deportiva y a un nivel de estamento.

  • No podremos dar de alta un tipo de titulación para una modalidad y nivel de estamento que las directivas, anteriormente expuestas de “Modalidades Deportivas” por “Niveles de Estamento Deportivo”, no permitan.

  • Los tipos de titulación, tienen un control de vigencia, para poder decir desde cuando y hasta cuando el tipo es aplicable (los reglamentos evolucionan).
    Así pues, para poder asociar un tipo de titulación a una titulación, la primera ha de seguir vigente o el programa no dejará establecer el vínculo.
    El control de vigencia contempla también las renovaciones de titulación.

Descripciones de Tipos de Titulación

Cada tipo de titulación tiene una descripción, que es la que el deportista termina viendo en su tarjeta de titulación, certificados, etc.

Pero como comentábamos anteriormente los reglamentos evolucionan y, a veces, no son los tipos de titulación los que dejan de estar vigentes, sino que sólo se les cambia de nombre. Es "su descripción" y no "su tipo" la que ha caducado.

Este registro de “descripciones” mantiene todos los nombres (descripciones) vigentes de cada uno de los tipos de titulación, así como de los que tuvieron en el pasado y, si ha lugar y se conocen de antemano, los que entraran en vigor en el futuro (cercano o no), ya que cada descripción dispone de su propio control de vigencia.
El sistema no dejará que un tipo de titulación, en un mismo periodo de tiempo, tenga más de una descripción vigente.

Periodos Transitorios de Titulaciones

A veces, los reglamentos deportivos prevén la creación de modalidades nuevas o transiciones de una a otra. O bien una modalidad deportiva se escinde de su antecesora para formar una modalidad deportiva base (deporte) nuevo. En estos u otros casos del estilo, se suelen incorporar al reglamento periodos de transitoriedad en los que ciertas normas estarán vigentes con carácter excepcional y temporal, debido a las necesidades de ese cambio.
Para poder dar cuenta de ello algo más formalmente el programa los registra en esta tabla.

Las titulaciones fruto de alguna de éstas normas, se asocian al periodo transitorio registrado correspondiente, así quedan identificadas como tal y distinguidas de las normales, de carácter permanente o regidas por otras normas del reglamento, no transitorias, que regulen su caducidad y/o renovaciones.

Habilitaciones de Titulación

Una habilitación es una capacidad añadida a una titulación.
Ésta puede ser obtenida por mecanismos semejantes a los de las titulaciones, pero no tiene entidad suficiente como para constituirse en titulación y necesita de una de éstas para poder soportarse.
Así, se dirá que “un deportista posee una titulación con tal y cual habilitación”, nunca que “posee tal y cual habilitación a secas”, ya que sin el soporte de la titulación, la habilitación carece de sentido.

Al igual que las titulaciones, las habilitaciones poseen un sistema de control de vigencia.

Tipos de Habilitaciones de Titulación

Al igual que para las titulaciones, y con el mismo sentido, también para las habilitaciones existe una tipificación.
Así cada habilitación será de un tipo y el tipo la relacionará con la entidad emisora, la modalidad deportiva, el estamento deportivo y el nivel de estamento deportivo.

Ciertas habilitaciones, las que así lo indique el correspondiente reglamento, se pueden “heredar” a las titulaciones de toda una rama de modalidades deportivas y/o a las de nivel superior del mismo estamento deportivo.
Cuando se configura un tipo de habilitación, se indica la modalidad deportiva y el nivel de estamento mínimos para poder obtenerla. Eso quiere decir que debe poseerse una titulación de esa modalidad y nivel de estamento como paso previo para poder obtener ese tipo de habilitación.

Por ejemplo si se ha configurado el tipo “Biplaza” para la modalidad deportiva “Parapente” y el nivel “(D2) Avanzado” del estamento “Deportistas”, se debe obtener el titulo de “Piloto Avanzado de Parapente” antes de poder optar a la obtención del tipo de habilitación "Biplaza".
Si un “Piloto Avanzado de Parapente”, con habilitación “Biplaza”, se promociona a “Experto” (nivel D3), su nueva titulación de “Piloto Experto de Parapente” hereda la habilitación que obtuvo con el nivel anterior.
Esto no es norma, sino que ocurre en virtud de la configuración de este tipo de habilitación siguiendo las directivas del reglamento.
El reglamento podría indicar que este tipo no se hereda y, por tanto configurando el tipo en consecuencia, la nueva titulación no dispondría de la habilitación.
Si se quisiera, se podría tener un tipo de habilitación “Biplaza” distinta para el nivel “Experto”. Para obtenerla, además de obtener la titulación "Experto" habría que cumplir con requisitos adicionales. En este caso puede no tener sentido, por lo que el ejemplo parece un poco forzado, pero hay otras disciplinas deportivas y otros tipos de habilitación.
Un tipo de habilitación puede configurarse para ser heredada a través de toda una rama de modalidad deportiva que ha sido designada como “mínima”. El mecanismo es similar al ejemplificado para los niveles de estamento.

Un tipo de habilitación no se hereda a través de los estamentos.
Sólo podría hacerlo a través de los niveles de un mismo estamento, ya que el significado de su posesión cambia en cada estamento.
Esto es, mientras que la posesión de una determinada habilitación en el estamento de deportistas viene a significar que se puede “prácticar” lo regulado por ella, en el estamento de técnicos significa que se puede “enseñar” para que otros obtengan la habilitación, y en el de jueces que se puede “juzgar” a los deportistas que practiquen modalidades con dicha habilitación.

Al igual que los tipos de titulación, los tipos de habilitación poseen un sistema de control de vigencia.

Descripciones de Tipos de Habilitaciones de Titulación

Funciona con el mismo paradigma que el de las “Descripciones de Tipos de Titulación” para los “Tipos de Titulación”.

Perfiles de Referencia de Titulaciones

Un “Perfil de Referencia de Titulaciones” es una tira de abreviaturas que intenta reflejar, en una sola unidad de información, todo el conjunto de titulaciones que una entidad tiene registradas.

En la FEADA se componen dos de estos perfiles para cada deportista: uno que sólo refleja las titulaciones emitidas por la propia FEADA y otro, en el que, a éstas, se le unen el resto de titulaciones que la FEADA tiene registradas pero que la entidad a obtenido de otras federaciones u organismos.
Los llamaremos, respectivamente:

  • Perfil de Referencia de Titulaciones FEADA

  • Perfil de Referencia de Titulaciones Global

Evidentemente, si una entidad posee titulaciones de otras federaciones u organismos, pero no ha presentado la documentación acreditativa en FEADA, éstas no podrán ser incorporadas al registro de titulaciones FEADA y en consecuencia, no serán reflejadas por el perfil de referencia global.

El perfil se compone de una serie de segmentos separados por espacios. A saber:

  • Segmento primero:
    Cuenta de Titulos”.
    Indica el número total de titulaciones que ha conformado el perfil.
    Este segmento va encerrado en unas llaves “{}” y se separa del siguiente con un espacio.

  • Segmento segundo y posteriores:
    Modalidades Deportivas Base”.
    Indica que se posee alguna titulación de esa modalidad deportiva base.
    Si no se posee ninguna titulación de la modalidad deportiva base, el segmento no aparece.
    Estos segmentos tienen la siguiente estructura:

    • Identificador de la modalidad deportiva base.

    • Identificadores del nivel máximo de estamentos de las titulaciones que se poseen de la modalidad.
      Entre paréntesis “()” y separados por comas si hay más de uno estamento, en el orden: deportistas, técnicos y finalmente jueces.
      Si no se posee titulaciones de un estamento, éste no aparece.

Ejemplo:

Una entidad posee registradas en la FEADA las siguientes titulaciones:

  • (FEADA) Juez de Aeromodelismo F5B

  • (FEADA) Paracaidista Experto

  • (FEADA) Alumno Piloto de Paramotor

  • (FEADA) Piloto en Prácticas de Paramotor

  • (FEADA) Piloto de Paramotor

  • (FEADA) Piloto Avanzado de Paramotor

  • (RFAE) Instructor de Paracaidismo

  • (USPA) Instructor Tándem (Biplaza)

  • (RFAE) Juez Instructor de Paracaidismo PA

  • (DGAC) Piloto de Ultraligeros

Con estas titulaciones, los perfiles de referencia de titulaciones de la entidad serían:

  • Perfil de referencia de titulaciones FEADA:
    {6} AMD(J1) PRC(D3) PRM(D2)

  • Perfil de referencia de titulaciones Global:
    {10} AMD(J1) PRC(D3,T2,J2) PRM(D2) ULM(D1)


Directiva de Homogeneización de
Denominaciones de Titulaciones Federativas
( Tabla Esquemática )


TITULACIONES
FEDERATIVAS

Directiva de Homogeneización
de Nomenclatura

Asamblea General del 5Feb2005

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ADL

AMD

ART

CMT

PRC

PRM

PRP

ULM

VAC

VMT

VSM

VVL

Estamento

Nivel de Estamento

 

Deportistas

Alumno

D0

Alumno «DenominaciónDelNivelBase»

Prácticas

Dp

«DenominaciónDelNivelBase» en Prácticas

«NivelBase»

(Según modalidad
deportiva base)

D1

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Avanzado

D2

«DenominaciónDelNivelBase» Avanzado

Experto

D3

«DenominaciónDelNivelBase» Experto

Técnicos

Monitor Alumno

T0

Monitor Alumno

Monitor

T1

Monitor

Instructor

T2

Instructor

Instructor Entrenador

T3

Instructor Entrenador

Jueces

Observador

JOb

Observador

Juez Alumno

J0

Juez Alumno

Juez

J1

Juez

Juez Instructor

J2

Juez Instructor

( Ver la tabla sola )

 

Licencias. Seguros.

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2024

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: HELVETIA.
Nº de Póliza: C6 C30 0008264

TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 913.349.228

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: MIC INSURANCE COMPANY S.A.
Nº de Póliza: ESDV2400006

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2023

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: HELVETIA.
Nº de Póliza: C6 C30 0008264

TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 913.349.228

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.
Nº de Póliza: S0 R11 0002559

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2022

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: HELVETIA.
Nº de Póliza: C6 C30 0008264

TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 913.349.228

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.
Nº de Póliza: S0 R11 0002559

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2021

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: Allianz.

TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 677.808.817

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2020

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: Allianz.

TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 677.808.817 – 954.027.032

 

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2019

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: MGC.

TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 619.818.737

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2018

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: MGC.

  • TELÉFONO DE ATENCIÓN AL FEDERADO: 619.818.737

 

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2017

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: ALLIANZ.

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2016

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: AIG .

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2015

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: AIG .

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2014

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: CHUBB.

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2013

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).

Compañía aseguradora: CHUBB.

 

PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: HELVETIA.

 

 


 

PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2012

CERTIFICADO GENERICO EN INGLÉS CON LAS COBERTURAS DE LAS PÓLIZAS DE S.O.D. Y DE R.C. ( PDF 59 KB). Si algún federado precisa de un certificado nominativo, rogamos contacte con la Federación.

 

PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: MAPFRE.

Procedimiento de Actuación en caso de "Accidente Deportivo con Lesiones"

La asistencia médica garantizada en la Póliza será prestada por el Centro Médico o facultativo concertado por MAPFRE SEGUROS GENERALES.

  • PROCEDIMIENTO

Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:

  • Cumplimentación del "PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES" que deberá ser firmado y sellado por la Federación.
  • Poner en conocimiento de la compañía aseguradora el accidente, llamando al Centro de Atención 24 horas de MAPFRE, teléfono 902.136.524. El accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia.
  • En la comunicación telefónica debe facilitarse:
  1. Datos Personales del lesionado.
  2. Datos del lugar en el que ocurre el siniestro.
  3. Fecha y forma de ocurrencia.
  4. Daños físicos.
  • Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del Parte. El comunicante remitirá posteriormente el parte por fax a la FEADA al 954.325.439. La FEADA lo visará y remitirá a MAPFRE.
  • El asegurado lesionado debe acudir al CENTRO MÉDICO CONCERTADO aportando el "Parte de comunicación de Accidentes" debidamente cumplimentado. (Es imprescindible para recibir asistencia que en el parte conste el número de expediente).
  • En los casos de URGENCIA VITAL, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. MAPFRE SEGUROS GENERALES se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente.
  • Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado al Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento.

    En caso de permanencia en Centro Médico NO CONCERTADO, MAPFRE SEGUROS GENERALES NO ASUMIRÁ EL PAGO DE LAS FACTURAS derivadas de los servicios prestados.

  • CENTROS MÉDICOS CONCERTADOS. Ver en la parte superior.
  • ATENCIÓN SANITARIA EN ACCIDENTES OCURRIDOS DURANTE DESPLAZAMIENTOS

Existe una relación de Centros Concertados a los que el lesionado puede acudir a recibir asistencia sanitaria en casos de desplazamiento.

  • AUTORIZACIONES

Necesitarán autorización previa de la compañía las siguientes pruebas y tratamientos:

  • Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias, …).
  • Intervenciones Quirúrgicas.
  • Rehabilitación.

En otros casos el médico o Centro Médico concertado solicitará a MAPFRE SEGUROS GENERALES dicha autorización al fax nº 91 / 700 30 73. A dicha autorización se ha de acompañar copia del informe médico detallado, facilitándose, también por fax, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado.

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin autorización previa de la compañía correrá por cuenta del Asegurado.

Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MAPFRE SEGUROS GENERALES el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.


PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: AVIABEL.

  • Díptico sobre el Seguro de R.C. 2012 ( PDF 352 KB).
  • Condiciones generales:
    • Parte 1 de 2 ( PDF – 1,04 MB).
    • Parte 2 de 2 ( PDF – 999 KB).
  • Condiciones particulares ( PDF 662 KB).
  • Condiciones particulares. Suplemento 1 – ampliación coberturas ( PDF 485 KB) .
  • Orden de Cobertura 2012 ( PDF 590 KB).
  • Modelo de Parte de Accidente ( DOC – 112 KB).

 

Procedimiento de Actuación en caso de "Siniestro de Responsabilidad Civil"

Remitir a la FEADA en el plazo máximo de 5 días el

formulario de Declaración de Accidente.

 

 

 

 

 

 

 

 


PÓLIZAS de SEGURO – AÑO 2011

CERTIFICADO GENERICO EN INGLÉS CON LAS COBERTURAS DE LAS PÓLIZAS DE S.O.D. Y DE R.C. ( PDF 23 KB). Si algún federado precisa de un certificado nominativo, rogamos contacte con la Federación.


PÓLIZA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS (S.O.D.).
Compañía aseguradora: MAPFRE.


PÓLIZA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (RC).
Compañía aseguradora: AVIABEL.

 

 

 

Afiliaciones. Información general.


Aspecto

Desde el año 2002, la afiliación federativa se emite sobre tarjeta de plástico blanca, con un tamaño de 85,72mm x 53.98mm y un espesor de 0,25mm, tamaño típico de una tarjeta de crédito.
No lleva banda magnética.
No lleva chip de datos.

El anverso lleva los datos específicos del deportista al que se le emite, así como los datos particulares de la afiliación federativa.
En todos los documentos de afiliación aparecen los mismos tipos de datos, pero no todos incorporan la foto del deportista. Sólo la tienen aquellos deportistas que nos hicieron llegar su imagen.

El reverso, igual en todas las afiliaciones, muestra información general de la FEADA, así como las especialidades deportivas adscritas a la federación.
También muestra información de cómo proceder en caso de accidente y la condición para que, el titular, pueda usarla.

Anverso
Reverso

Contenido del Anverso

  • Cabecera:
    • Logotipo FEADA.
    • Federación.
    • Descripción del documento: «LICENCIA FEDERATIVA» o «TÍTULO HABILITANTE» y año de emisión.
  • Columna de la izquierda – Datos específicos de la afiliación federativa:
    • Número. El número es correlativo para el año de emisión, no teniendo por qué coincidir con el mismo deportista cada año.
    • Fecha de inicio de validez (Día incluido).
    • Fecha de finalización de validez (Día incluido).
    • Foto del deportista.
      No todas las afiliaciones la llevan. Si el deportista no nos la ha hecho llegar, no aparecerá.
      Si en la suya no aparece, y quiere que lo haga, por favor remítanos un archivo con su foto en formato JPG y un ancho no menor de 200pixels a gestion@feada.org
      Las fotos deben tener las mismas características que las exigidas para la renovación del DNI o pasaporte. No se admitirán fotos con cascos, gorras, auriculares, gafas de sol,… Nos reiremos al verlas, pero no las podremos incluir en el documento de afiliación federativa.
  • Cuerpo:
    • Número del documento de identidad (DNI/NIE/Pasaporte) de la persona titular de la afiliación.
    • Nombre y apellido-s.
    • Nombre del club o entidad deportiva que ha tramitado la afiliación federativa.
    • Tipo de afiliación e importes.
    • Acreditaciones Técnicas.
      Esta codificación aporta una referencia a las Acreditaciones Técnicas que posee la persona federada. En este apartado figuran todas las Acreditaciones Técnicas que figuran en la ficha federativa del federado y que la FEADA ha reconocido, con independencia de si dicha Acreditación Técnica ha sido emitida o no por la FEADA.
      La decodificación del perfil de referencia de «Acreditaciones Técnicas» es la siguiente:

      • Por segmentos aparece reflejada la especialidad deportiva y los estamentos y niveles correspondientes a dicha especialidad. Si la persona federada no tuviera acreditación técnica alguna, este apartado aparecerá en blanco.
        Cada uno de estos segmentos tiene:

        • Un código de tres letras identificador de la especialidad deportiva.
        • Entre paréntesis, figura un código relativo al estamento deportivo (Deportista -D-, Juez -J- o Técnico -T-), seguido por un dígito correspondiente al nivel que ostenta dentro de dicho estamento y especialidad deportiva. Si no posee ninguna acreditación técnica de un estamento, el código de ese estamento no aparece. Si posee acreditaciones técnicas en varios estamentos, éstos aparecen separados por comas en el orden (Estamento de deportistas, de técnicos y, finalmente, de jueces).

  • Pie: En él figuran todos los datos necesarios para ponerse en contacto con la federación, así como los datos fiscales que deben figurar en las facturas que se emitan a nombre de la FEADA.
    • Número de inscripción de la FEADA en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED).
    • CIF de la FEADA.
    • Dirección web.
    • Dirección de correo electrónico.
    • Dirección postal.
    • Logotipo de la Junta de Andalucía.

Contenido del Reverso

  • Primer bloque de datos (Bloque superior).
    Relación de Deportes Adscritos a la Federación.
    La afiliación federativa no se expide para la práctica de una especialidad deportiva concreta, sino para la práctica de todas aquellas que el federado ostente acreditación técnica en vigor.
  • Segundo bloque de datos.
    Resumen de actuación en caso de: Accidente deportivo con Lesiones.
    Use el teléfono indicado para obtener información y comunicar los hechos en caso de accidente. El procedimiento reflejado en el documento de afiliación federativa puede ser cambiado sin previo aviso por la compañía de seguros. En este caso la federación actualizará la información en esta misma página, donde podrá consultarla.
  • Tercer bloque de datos.
    Resumen de actuación en caso de: Siniestro de Responsabilidad Civil.
    Lo dicho para el procedimiento de accidente deportivo con lesiones es igualmente aplicable para éste
    .
  • Tercer bloque de datos.
    Condiciones de validez de la afiliación federativa.
    Como puede leerse en el documento de afilación, la sola posesión de éste no autoriza la práctica federada de ninguno de los deportes adscritos.

 

 

 

Destinatarios de los distintos tipos de afiliación federativa.