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Circular 2/21. COVID19. Movilidad en caso de cierres perimetrales. PDF Imprimir E-Mail
martes, 16 de febrero de 2021

Dadas las numerosas consultas recibidas en la FEADA sobre si un federado puede salir de un municipio que se encuentre cerrado perimetralmente, con motivo de las medidas anti COVID19, hemos solicitado a la Junta de Andalucía aclaración sobre la movilidad de los federados en estos casos.

Se encuentra limitada la movilidad -cierre perimetral- en aquellos municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días (Decreto 5/2021, del Presidente de la Junta de Andalucía).

La respuesta a la consulta planteada, puede resumirse en tres puntos:

  1. Desplazamientos de deportistas federados de categoría absoluta, alto nivel o alto rendimiento + entrenadores jueces o árbitros": Se permiten los desplazamientos en todos los casos, siempre que estén participando en competición autorizada por la Consejería de Salud.

  2. Desplazamientos sin acompañamiento de todos los federados con carácter general, sin límite de edad (federados de categorías inferiores a la absoluta): No se permiten los desplazamientos, si proceden de municipio con cierre perimetral o se dirigen a un municipio con cierre perimetral.

  3. En relación con los entrenamientos, éstos son considerados actividades de competición, siempre y cuando sean llevados a cabo por deportistas clasificados para competiciones en vigor o con fecha designada, que no haya sido suspendida.
 
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